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Lineamientos y Normas de Operación del Servicio Social Universitario

Reglamento General de Servicio Social de la UNAM

LINEAMIENTOS DEL SERVICIO SOCIAL EN LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO Y EL SISTEMA INCORPORADO

Con fundamento en el numeral 1 del artículo 18, y segundo transitorio del Reglamento General del Servicio Social de la Universidad Nacional Autónoma de México y del Sistema Incorporado, y

CONSIDERANDO

Que la Universidad Nacional Autónoma de México es una corporación pública, organismo descentralizado del Estado, que tiene por fines sustantivos impartir educación superior para formar personas profesionistas, personas investigadoras, profesorado universitario y personas técnicas útiles a la sociedad; organizar y realizar investigaciones y; extender con la mayor amplitud posible los beneficios de la cultura.

Que la Universidad Nacional Autónoma de México, en ejercicio de su autonomía, tiene la facultad y responsabilidad de gobernarse a sí misma y puede organizarse como lo estime conveniente para alcanzar sus fines sustantivos.

Que el 6 de febrero de 2025, se publicó en Gaceta UNAM el Reglamento General del Servicio Social de la Universidad Nacional Autónoma de México y del Sistema Incorporado que regula la prestación del servicio social del alumnado y de las personas egresadas no tituladas tanto de los estudios técnicos como de las licenciaturas que imparte la UNAM y de las instituciones del Sistema Incorporado.

Que el Plan de Desarrollo Institucional 2023-2027, en su eje rector 6, Vinculación nacional e internacional, línea de acción 43, Vinculación social, proyecto 5, Programa de renovación del servicio social universitario, tiene como propósito gestionar nuevos mecanismos de apoyo a la prestación del servicio social y diseñar nuevas formas de evaluación y seguimiento para garantizar que realmente cumpla con la función social para la que fue concebido y, al mismo tiempo, complemente la formación de las personas estudiantes universitarias al darles la oportunidad de aplicar los conocimientos adquiridos a la atención y solución de problemas dentro del ámbito de sus disciplinas, propiciando el trabajo en equipo multi e interdisciplinario.

Que contar con Lineamientos permitirá a las entidades académicas y dependencias universitarias adecuar sus normatividades internas, conforme a los principios de legalidad, seguridad jurídica, eficiencia operativa y respeto a los derechos humanos de las personas prestadoras de servicio social.

Que es necesario precisar y estandarizar los procesos de registro, evaluación, seguimiento, quejas y cancelación de programas de servicio social e instancias receptoras, con el propósito de garantizar que las actividades encomendadas a las personas prestadoras de servicio social se alineen con su perfil académico y profesional, cumplan con la función social para la que fueron concebidas, eviten discrecionalidades, fortalezcan la calidad y pertinencia de los programas de servicio social, y aseguren el respeto a los derechos humanos de las personas prestadoras, en concordancia con los fines sustantivos de la Universidad.