El Servicio Social Universitario se encuentra regulado por la Ley Reglamentaria del Artículo 5º Constitucional en su capítulo VII.
En la UNAM está normado por:
Los reglamentos de Servicio Social de Facultades, Escuelas, Institutos y Centros autorizados por los Consejos Técnicos y Consejos Académicos: